Comunicado Rectoría
Apreciados integrantes de la Comunidad Educativa. Atendiendo a lo dispuesto en el Decreto 135 de 5 de abril de 2021 expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá, en relación con las medidas de Aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable para los habitantes de la ciudad de Bogotá, frente a las medidas de restricción de la movilidad y pico y cédula, les comunicamos que:
- Hasta el 19 de abril, inclusive, se suspenden temporalmente las actividades académicas “estrictamente necesarias” de carácter presencial, relacionadas con los talleres y laboratorios, programados para los programas de Educación Superior y para el Instituto de Bachillerato Técnico Industrial de la Escuela Tecnológica Instituto Técnico Central. Su reanudación se comunicará conforme a las decisiones que imparta el Gobierno Nacional y Distrital.
- Hasta el 19 de abril, inclusive, se suspenden temporalmente las actividades académicas de carácter presencial, relacionadas con los cursos de extensión en sus instalaciones. Su reanudación se comunicará conforme a las decisiones que imparta el Gobierno Nacional y Distrital.
- Del mismo modo y conforme a lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 206 de 2021 expedido por el Ministerio del Interior, a lo señalado en la Resolución 222 de 2021 expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social y a lo previsto en el artículo 7 de Decreto 135 de 2021, según los cuales debe darse preferencia al trabajo en casa, se tiene que:
3.1. Hasta el 19 de abril, inclusive, los servidores públicos continuarán desarrollando sus funciones bajo la modalidad de trabajo en casa, salvo las actividades que resulten estrictamente necesarias por necesidades del servicio y deban realizarse en las instalaciones de la entidad.
Del mismo modo, los contratistas continuarán cumpliendo sus obligaciones, conforme a los lineamientos que impartan los supervisores correspondientes.
3.2. Hasta el 19 de abril, inclusive, se seguirá prestando el servicio de atención presencial en la Ventanilla Única de Atención al Ciudadano, con las condiciones establecidas en el artículo 3 del Decreto 135 de 5 de abril de 2021.
- Días impares con documentos de identidad que terminen con dígito par.
- Días pares con documentos de identidad que terminen con dígito impar.